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Asociación Derechos del Concebido A. C. |
Faltó la voz de aquellos que aún no tienen voz Mons. Pedro Agustín Rivera Díaz Ha concluido el periodo de audiencias públicas convocado por la SCJN en la que se escucharon diversas posturas sobre el tema del aborto en torno a la ley que lo despenaliza hasta las 12 semanas en el D.F. Es significativo que el tema central sea la inconstitucionalidad o no de la ley citada y que aunque sólo hubo la oportunidad de 6 rondas públicas en las que intervinieron 40 ponentes tanto a favor como en contra de ella, en igual número de participaciones, hayan sido 181 las solicitudes para participar y que de ellas, 7 de cada diez posturas hayan sido a favor del respeto a la vida del Concebido y a la Constitución Mexicana. Durante las 28 horas que se emplearon para escuchar a los ponentes, infinidad de argumentos se presentaron. Los más significativos fueron los que se avocaron sobre el tema en cuestión, la constitucionalidad o no de la ley del D.F.; siendo de interés aquellos con un sustento científico y quizá menos significativos o incluso irrelevantes para el tema, los que fueron presentados con argumentos emotivos e incluso religiosos como fue el caso del grupo abortista y anticatólico de “católicas por el derecho a decidir” o quienes se presentaron para descalificar al Presidente de la CNDH o quienes consideran que las “legalidad” debe hacerles justicia a las mujeres. Cabe señalar que los grupos a favor del aborto, entre otros la CDHDF centraron su defensa al considerar el tema como un asunto de “derechos de la mujer”, tema importante que debe ser tomado en cuenta, pero que no era punto a tratar y que requeriría otro tipo de foro y de discusión. A partir de lo anterior, haciendo a un lado los temas periféricos creo obligado hacer algún comentario sobre 2 temas: Derechos Humanos Mujer-Concebido, Justicia-Legalidad
DERECHOS HUMANOS MUJER-CONCEBIDO Otro campo de discusión fueron los Derechos Humanos en donde las visiones sesgadas e ideológicas llevaron a presentar el tema como derechos de la mujer, olvidándose que los derechos humanos son universales, es decir, para todos, y no para un grupo determinado, rechazando lo evidente: quienes son abortados en proporción son aproximadamente un 50 % hombres y un 50 % de mujeres. Es importante no comprometer la íntima unidad de los Derechos Humanos procurando satisfacer intereses particulares. Su Declaración fue adoptada como un ideal común y sus principios no pueden ser aplicados de manera selectiva pues se correría el riesgo de contradecir su universalidad e indivisibilidad. Los Derechos Humanos no dependen del reconocimiento por parte del Estado, se extienden a todo el género humano y ninguna autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos y por lo mismo, los derechos de un individuo no pueden estar por encima o en contraposición de otro. El derecho fundamental es el de la vida y todas las leyes y declaraciones que se han realizado sobre el tema de los Derechos Humanos han sido precisamente para protegerla, ninguno para eliminarla. Matar a otro ser humano, jamás podrá ser considerado un derecho. Hay que reconocer que aparece un aparente conflicto cuando algunas mujeres mencionan que tienen derecho a decidir sobre su cuerpo. Señalamos que desde el punto de los Derechos Humanos tal conflicto no existe pues debe procurarse el bien de las dos personas, tanto el de la madre como el de su hijo o hija. Es por eso que en la defensa y protección de la mujer, en particular cuando está embarazada, debe procurarse que goce de las atenciones y cuidados, lo mismo que sus hijos. En particular la mujer embarazada deberá contar con los cuidados propios y atenciones especiales de este periodo, y en el caso de que no pudiera o no quisiera hacerse cargo del hijo o hija nacido, debe facilitársele la posibilidad de darlo en adopción, incluso desde antes de que naciera. Presentar el tema sólo desde la óptica de los derechos de la mujer es hacer a un lado los derechos del ser humano concebido y esto conduce a un acto discriminatorio que atenta precisamente contra sus derechos humanos que señalan que ninguna persona podrá ser discriminada por su edad, sexo o condición social. Es indudable que en esta línea, y ante la consulta realizada por la SCJN, se escuchó la voz de hombres y mujeres que están a favor del aborto y también la voz de hombres y mujeres que están en contra de su despenalización, pero es innegable que faltó la voz de aquellos que aún no tienen voz, quienes en el caso de leyes abortivas se les niegan todos los derechos, al ser condenados a muerte sin ser culpables, sin hacerles juicio ni darles la oportunidad de defenderse, al discriminarlos por motivos de edad, quienes estando en un estado de indefensión total son tratados injustamente dado que en lugar de protegerlos se les niega el derecho fundamental de la vida, sustento de los demás derechos. Más allá del foro de discusión abierto por la SCJN y de la resolución que determine sobre el tema en cuestión, Derechos del Concebido A.C. e infinidad de grupos y de personas quieren ser voz de los que no tienen voz y por eso consideran importante dar a conocer y difundir la Declaración de los Derechos Humanos del Concebido, la cual ya cuenta con más de 200 000 (doscientas mil) firmas de adhesión, así mismo la Asociación pretende impulsar la celebración del Día del Concebido cada 8 de diciembre.
JUSTICIA-LEGALIDAD Es indudable que la discusión sobre la inconstitucionalidad sobre las leyes que despenalizan el aborto en el D.F. es una cuestión de humanidad y de justicia, más que de legalidad. Lo que está en juego es la visión que se tiene sobre el hombre y el respeto a su dignidad o el de darle un tratamiento como si fuera una cosa o un animal en alguna de las etapas de su desarrollo. La vida de todo individuo humano inicia su desarrollo desde el momento de su concepción y se desarrolla a través de diversas etapas continuadas entre sí, hasta su muerte, pasando por los diversos momentos de la existencia humana, en un proceso gradual, coordinado, autogobernado por el mismo individuo, sin saltos cualitativos. En justicia, las leyes deben respetar y velar porque este proceso de vida se realice en las condiciones más apropiadas y resguardar los derechos de todo ser humano, tanto en el seno materno y una vez nacido, fuera de él. La legalidad prevalece sobre la justicia cuando se pretende hacer parecer que los derechos humanos son resultado exclusivo de medidas legislativas de quienes están en el poder. Cuando los derechos son presentados simplemente en términos de legalidad, corren el riesgo de convertirse en proposiciones frágiles cuando en realidad su respeto está sustentado en la justicia que no cambia. Este aspecto se desatiende cuando se priva a los Derechos de su verdadera función en nombre de intereses particulares o perspectivas utilitaristas. El derecho a la vida, que cada uno tenemos y el cual exigimos que sea respetado, es el mismo derecho que debemos reconocer y respetar en todo individuo humano, vale la pena recordar la frase el Benemérito de las Américas: El respeto al derecho ajeno es la paz. En conclusión, en los concebidos, en particular el de la vida, los Derechos Humanos han de ser respetados como expresión de justicia, y no simplemente porque pueden hacerse respetar, o no, mediante la voluntad de los legisladores.
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